CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES (CNCP)
Qué es
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP)
es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP)
que ordena las cualificaciones profesionales susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el
sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional.
Comprende las cualificaciones profesionales más significativas del sistema
productivo español, organizadas en familias profesionales y niveles. Constituye
la base para elaborar la oferta formativa de los títulos y los certificados de
profesionalidad.
El CNCP incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada
cualificación, de acuerdo con una estructura de
módulos formativos articulados.
El Instituto Nacional de las Cualificaciones es el responsable de definir,
elaborar y mantener actualizado el CNCP y el correspondiente Catálogo Modular
de Formación Profesional.
 Fines y Funciones
El CNCP tiene como fines principales los siguientes:
- Adecuar la formación profesional a los requerimientos del sistema productivo.
- Integrar las ofertas de formación profesional. A
partir de este Catálogo se diseñan la Formación Profesional Ocupacional y la
Formación Profesional Reglada, por lo que
sirve de marco común para ambos sistemas
formativos.
- Ejercer como referente para la evaluación y el reconocimiento de las competencias
adquiridas por vías informales y no formales.
- Promover la formación a lo largo de la vida.
- Elevar la calidad de la formación profesional en su
conjunto, satisfaciendo las necesidades de los usuarios
para elevar la demanda social de este tipo de formación.
- Transparentar el mercado laboral, de modo que se
facilite el ajuste
entre oferta y demanda de trabajo.
- Fomentar una mejor cualificación de la población activa,
mediante la formación permanente a lo largo de la vida,
premisas ambas del SNCFP.
- Mejorar la información y la orientación profesionales.
- Potenciar la calidad y evaluación del SNCFP.
 Estructura del CNCP
El Catálogo se organiza en familias profesionales y niveles. Así, se han
definido 26 familias profesionales -atendiendo a criterios de afinidad de la
competencia profesional de las ocupaciones y puestos de trabajo detectados- y
cinco niveles de cualificación, de acuerdo al grado de conocimiento,
iniciativa, autonomía y responsabilidad preciso para realizar
dicha actividad
laboral.
3.1. El Catálogo Modular de Formación Profesional (CMFP)
El Catálogo Modular de
Formación Profesional es el conjunto de módulos formativos
asociados a las diferentes unidades de competencia de las
cualificaciones profesionales. Proporciona un referente
común para la integración de las ofertas de formación
profesional que permita la capitalización y el fomento del
aprendizaje a lo largo de la vida.
Mediante el Catálogo Modular de Formación Profesional se
promueve una oferta formativa de calidad, actualizada y
adecuada a los distintos destinatarios, de acuerdo con sus
expectativas de progresión profesional y de desarrollo
personal.
Además, atiende a las demandas de formación de los sectores
productivos, por lo que persigue un aumento de la
competitividad al incrementar la cualificación
de la población activa.
3.2. Familias Profesionales y Niveles de Cualificación
Familias Profesionales |
Niveles de Cualificación |
- Agraria
- Marítimo-Pesquera
- Industrias Alimentarias
- Química
- Imagen Personal
- Sanidad
- Seguridad y Medio Ambiente
- Fabricación Mecánica
- Electricidad y Electrónica
- Energía y Agua
- Instalación y Mantenimiento
- Industrias Extractivas
- Transporte y Mantenimiento de Vehículos
- Edificación y Obra Civil
- Vidrio y Cerámica
- Madera, Mueble y Corcho
- Textil, Confección y Piel
- Artes Gráficas
- Imagen y Sonido
- Informática y Comunicaciones
- Administración y Gestión
- Comercio y Marketing
- Servicios Socioculturales y a la Comunidad
- Hostelería y Turismo
- Actividades Físicas y Deportivas
- Artes y Artesanías
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Competencia en
un conjunto reducido de actividades simples, dentro de procesos normalizados.
Conocimientos y capacidades limitados. |
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Competencia en actividades
determinadas que pueden
ejecutarse con autonomía.
Capacidad de utilizar instrumentos y técnicas propias.
Conocimientos de fundamentos técnicos y científicos
de la actividad del proceso. |
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Competencia en actividades
que requieren dominio de técnicas y se ejecutan con autonomía.
Responsabilidad de supervisión de trabajo técnico y
especializado.
Comprensión de los fundamentos técnicos y científicos
de las actividades y del proceso. |
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Competencia en un amplio
conjunto de actividades complejas.
Diversidad de contextos con variables técnicas científicas,
económicas u organizativas.
Responsabilidad de supervisión de trabajo y asignación
de recursos.
Capacidad de innovación para planificar acciones, desarrollar
proyectos, procesos, productos o servicios. |
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Competencia
en un amplio conjunto de actividades muy complejas ejecutadas con gran
autonomía.
Diversidad de contextos que resultan, a
menudo, impredecibles.
Planificación de acciones y diseño de productos, procesos
o servicios.
Responsabilidad en dirección y gestión.
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3.3. Cualificaciones Profesionales del CNCP
En la actualidad existen 413 cualificaciones aprobadas en Consejo de Ministros y publicadas en el
Boletín Oficial del Estado. Todas ellas pueden consultarse en la
.
Todas estas cualificaciones profesionales se han ido incluyendo en los correspondientes Anexos de los sucesivos reales decretos en los que se establecen, con su formación asociada, constituida por los módulos formativos, que se han ido incorporando al Catálogo Modular de Formación Profesional.
El 9 de marzo de 2004 se publicó el REAL DECRETO 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecieron 97 cualificaciones profesionales que formaron inicialmente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Posteriormente, el 5 de octubre de 2005 se publicó el REAL DECRETO 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecieron 65 nuevas cualificaciones profesionales, que se incorporaron al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Por medio de esta norma se actualizaron ocho de las cualificaciones profesionales establecidas por el real decreto anterior.
El 3 de enero de 2007 se publicó asimismo el REAL DECRETO 1228/2006, de 27 de octubre; en él se establecieron 61 cualificaciones.
Las tres disposiciones citadas recogieron cualificaciones pertenecientes a diversas Familias profesionales. Desde junio de 2007, se han ido publicando una serie de Reales Decretos en cada uno de los cuales se establecen cualificaciones pertenecientes a determinada familia profesional:
Publicado el 13 de junio de 2007, el REAL DECRETO 665/2007, de 25 de mayo, que recoge cinco cualificaciones de la Familia profesional Agraria.
Publicado el 27 de junio de 2007, el REAL DECRETO 729/2007, de 8 de junio, que recoge seis cualificaciones de la Familia profesional Industrias Alimentarias.
En la misma fecha se publicó también el REAL DECRETO 730/2007, de 8 de junio, que recoge siete cualificaciones de la Familia profesional Química, así como actualiza una cualificación establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
El 28 de junio se publicó el REAL DECRETO 790/2007, de 15 de junio, que recoge tres cualificaciones de la Familia profesional Imagen Personal, así como actualiza una cualificación establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
El 2 de julio se publicó el REAL DECRETO 813/2007, de 22 de junio, que recoge una cualificación de la Familia Profesional Fabricación Mecánica.
En la misma fecha fue publicado el REAL DECRETO 815/2007, de 22 de junio, que recoge dos cualificaciones de la Familia Profesional Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
El 4 de julio se publicó el REAL DECRETO 814/2007, de 22 de junio, que recoge dos cualificaciones de la Familia profesional Seguridad y Medio Ambiente.
El 11 de julio el BOE publicó el REAL DECRETO 872/2007, de 29 de junio, que recoge cuatro cualificaciones de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil, y actualiza dos cualificaciones establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
El 18 de julio se publicó el REAL DECRETO 873/2007, de 29 de junio, que recoge cuatro cualificaciones de la Familia Profesional Industrias Extractivas.
El 11 de septiembre, el REAL DECRETO 1114/2007, de 24 de agosto, que recoge cuatro cualificaciones de la Familia Profesional Energía y Agua.
El 12 de septiembre, el REAL DECRETO 1115/2007, de 24 de agosto, que recoge seis cualificaciones de la Familia Profesional Electricidad y Electrónica.
El 13 de septiembre se publicó el REAL DECRETO 1135/2007, de 31 de agosto, que recoge seis cualificaciones de la Familia Profesional Artes Gráficas.
El 18 de septiembre, el Real Decreto 1136/2007, de 31 de agosto, que recoge tres cualificaciones de la Familia profesional Madera, Mueble y Corcho.
El 26 de septiembre, el Real Decreto 1200/2007, de 14 de septiembre, que recoge tres cualificaciones de la Familia profesional Imagen y Sonido.
El 27 de septiembre, el Real Decreto 1201/2007, de 14 de septiembre, que establece ocho cualificaciones profesionales en la Familia profesional Informática y Comunicaciones.
El 3 de octubre, el Real Decreto 1199/2007, de 14 de septiembre, que establece diez cualificaciones de la Familia profesional Textil, Confección y Piel.
El 25 de octubre, el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, que recoge seis cualificaciones correspondientes a la Familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
El 1 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 1521/2007, de 16 de octubre, que recoge cuatro cualificaciones de la Familia profesional Actividades Físicas y Deportivas.
El 4 de enero de 2008, el Real Decreto 1698/2007, de 14 de diciembre, que recoge tres cualificaciones de la Familia profesional Energía y Agua.
En la misma fecha se ha publicado el Real Decreto 1699/2007, de 14 de diciembre, que recoge ocho cualificaciones de la Familia profesional Fabricación Mecámica.
El 5 de enero de 2008 se ha publicado el Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, que recoge trece cualificaciones de la Familia profesional Hostelería y Turismo.
En la misma fecha se ha publicado el Real Decreto 1701/2007, de 14 de diciembre, que recoge seis cualificaciones de la Familia profesional Informática y Comunicaciones.
El 20 de febrero de 2008, el Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero, que recoge siete cualificaciones de la Familia profesional Administración y Gestión.
En la misma fecha, el Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero, que recoge ocho cualificaciones de la Familia profesional Agraria.
El 21 de febrero, el Real Decreto 109/2008, de 1 de febrero, que recoge siete cualificaciones de la Familia profesional Comercio y Marketing.
El 22 de febrero, el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero, que recoge doce cualificaciones de la Familia profesional Instalación y Mantenimiento.
El 12 de marzo, el Real Decreto 327/2008, de 29 de febrero, que recoge tres cualificaciones de la Familia profesional Imagen Personal.
El 13 de marzo, el Real Decreto 328/2008, de 29 de febrero, que recoge ocho cualificaciones de la Familia profesional Electricidad y Electrónica.
El 14 de marzo, el Real Decreto 329/2008, de 29 de febrero, que recoge ocho cualificaciones de la Familia profesional Textil, Confección y Piel.
El 26 de julio, el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, que recoge diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
Y el 19 de febrero, por último, el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales mediante el establecimiento de seis cualificaciones de la Familia Profesional Marítimo Pesquera, y se actualizan determinadas cualificaciones de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.

La Cualificación Profesional
4.1. Definición de Cualificación Profesional
La cualificación profesional es el “conjunto de competencias profesionales con
significación en el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular
u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral”
(Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional).
Se entiende que una persona está cualificada cuando en su desempeño laboral
obtiene los resultados esperados, con los recursos y el nivel de calidad
debido.
Desde un punto de vista formal, la cualificación es el conjunto de competencias
profesionales (conocimientos y capacidades) que permiten dar respuesta a ocupaciones y
puestos de trabajo con valor en mercado laboral, y que pueden adquirirse a
través de formación o por experiencia laboral.
La competencia se define como ”el
conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el
ejercicio de la actividad profesional conforme a las
exigencias de la producción y del empleo” (Ley 5/2002 de
las Cualificaciones y de la Formación Profesional).
La competencia de una persona abarca la gama
completa de sus conocimientos y sus
capacidades en el ámbito personal, profesional o
académico, adquiridas por diferentes vías y en todos los
niveles, del básico al más alto.
A su vez, la citada norma
conceptualiza la unidad de competencia como el “agregado mínimo de
competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación
parcial”.
El
CNCP incorpora
tanto las competencias técnicas -las
específicas de esa cualificación y las transversales a otras-
como también las
competencias clave.
Las competencias clave son aquellas que permiten a los individuos adaptarse a un
entorno laboral cambiante: permiten obtener buenos
resultados durante la actividad profesional en diferentes dominios o contextos
sociales. Constituyen pues la clave para la flexibilidad profesional
o funcional de los trabajadores al posibilitar su
movilidad, ya sea dentro de un mismo campo ocupacional o de
un campo a otro.
El
SNCFP persigue identificar cuáles son las competencias requeridas para el
empleo, por lo que tiene en cuenta tanto las competencias profesionales
técnicas como las competencias clave, no ligadas a disciplinas o
campos de conocimiento concretos, pero imprescindibles para la inserción
laboral.
4.2. Estructura de la Cualificación Profesional
A cada cualificación se le asigna una competencia general, en la que se definen
brevemente los cometidos y funciones esenciales del profesional.
Se describen también el entorno profesional en el que puede desarrollarse la
cualificación, los sectores productivos correspondientes, y las ocupaciones
o
puestos de trabajo relevantes a los que ésta permite acceder.
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Estructura de la Cualificación |

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4.3.
La Unidad de Competencia
Cada cualificación se organiza en unidades de competencia.
La unidad de competencia es el agregado mínimo de
competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y
acreditación parcial.
Cada unidad de competencia lleva
asociado un módulo formativo,
donde se describe la formación necesaria para adquirir esa
unidad de competencia.
Esta estructura permitirá evaluar y acreditar
al trabajador cada una de sus unidades de competencia (obtenidas
mediante la formación o la práctica
laboral). De este modo, puede acumularlas y podrá conseguir la acreditación de la cualificación
completa mediante un Título de Formación Profesional o un Certificado de
Profesionalidad.
Estructura de la Unidad de Competencia
Cada unidad de competencia tiene un
formato normalizado que incluye los datos de identificación
-denominación, nivel, código alfanumérico-
y las especificaciones de esa competencia.
La unidad de competencia se subdivide en realizaciones
profesionales. Describen los comportamientos esperados de la persona,
objetivables por sus consecuencias o resultados, para
poderla considerar competente en esa unidad.
Los criterios de realización expresan el nivel aceptable de la
realización profesional para satisfacer los objetivos de las
organizaciones productivas y, por tanto, constituyen una guía para la
evaluación de la competencia profesional.
El contexto profesional define, con carácter
orientador, los medios de producción, productos y resultados
del trabajo, información utilizada o generada y cuantos
elementos similares se consideren necesarios
para enmarcar la realización profesional.
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4.4 El Módulo Formativo
Cada unidad de competencia lleva
asociado un
módulo formativo,
donde se describe la formación necesaria para adquirir esa
unidad de competencia.
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 Metodología de elaboración del CNCP
La elaboración del Catálogo responde a unas bases metodológicas aprobadas por el
Consejo General de Formación Profesional, en el que participan y colaboran la
Administración General, las comunidades autónomas y las organizaciones
empresariales y sindicales.
Esta metodología es similar a la que se utilizó para elaborar el Catálogo de
Títulos de Formación Profesional y los Certificados de Profesionalidad.
Para definir las cualificaciones se han creado 26 grupos de trabajo
-uno por cada familia profesional del Catálogo-
que integran expertos
formativos y productivos seleccionados por las organizaciones del Consejo
General de Formación Profesional.
La dirección de los grupos corresponde al Instituto Nacional de las
Cualificaciones, organismo responsable de definir, elaborar y mantener
actualizado el CNCP.
El trabajo para determinar y elaborar el Catálogo se organiza en cinco etapas
sucesivas:

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