Ministerio de Educación - Gobierno de España

Movilidad de estudiantes en másteres oficiales.

Movilidad de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2010/2011.

Datos generales:

  • Descripción:

    Estas ayudas tienen por objeto facilitar a los estudiantes matriculados en el curso 2010/2011 en un máster oficial de una universidad española, la realización de aquellas actividades académicas del máster que se desarrollen en una provincia diferente a la de la sede de la universidad de matrícula o, en su caso, en otros países del Espacio Europeo de Educación Superior, que implique un cambio obligado de residencia. Las ayudas estarán destinadas exclusivamente a los másteres oficiales.

  • Modalidades:

    Modalidad "B". Estudiantes

  • Destinatarios:

    Estudiantes matriculados en el curso 2010/2011 en un máster oficial de una universidad española y que parte de la actividad académica del máster se desarrolle en una provincia diferente a la de la sede de la universidad de matrícula o en otros países del Espacio Europeo de Educación Superior.

  • Nº de becas: Para el curso académico 2010-2011 se convocan subvenciones para movilidad de estudiantes estimadas en 13.200 semanas de estancia. Este número podrá modificarse en función de las disponibilidades presupuestarias y atendiendo al carácter variable del coste de las estancias según su duración y de los países de destino.
  • Requisitos:

    Los estudiantes candidatos a las subvenciones de movilidad deberán reunir los siguientes requisitos:

    • Tener su domicilio en España y estar matriculado en una universidad española en el curso académico 2010-2011 (1 de octubre de 2010 hasta el 30 de septiembre de 2011) en el máster para el que se solicita la ayuda de movilidad.
    • Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,50 puntos en los estudios previos por los que acceda al máster, obtenida por la aplicación del baremo siguiente: Aprobado (5 a 6,9) = 1, Notable (7 a 8,9) = 2, Sobresaliente (9 a 10) = 3, Matrícula de Honor (sobresaliente con mención de matrícula de honor) = 4. El cálculo de la nota media se realizará conforme a lo establecido en el Real Decreto 1497/1987, modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio y por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto.
    • Que la actividad académica lectiva para la que solicita ayuda de movilidad se desarrolle en distinta provincia de la universidad de matrícula, implicando un cambio efectivo de residencia habitual del alumno. La actividad docente para la que podrá solicitarse ayuda será exclusivamente la establecida en la programación académica del máster.
    • No ser beneficiario de otras subvenciones o becas declaradas incompatibles en el artículo 37 de esta Orden.

    En el caso de las subvenciones de movilidad a países del EEES, el máster en el que está matriculado el solicitante deberá tener suscrito un convenio de colaboración o acuerdo que recoja los requisitos enunciados en el artículo 1.5 de la presente Orden.

  • Dotación:

    Las subvenciones tendrán una dotación máxima de 200 euros por semana de estancia. La ayuda se destinará exclusivamente para la actividad lectiva que se desarrolle en una provincia distinta a la de la universidad donde se encuentre matriculado y que requiera cambio de domicilio por el total del periodo de duración de la misma.

    Las subvenciones referidas a la movilidad desde o hacia las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, será de una dotación máxima de 215€ semanales. Igualmente, la cuantía de las subvenciones para la movilidad a países integrados en el Espacio Europeo de Educación Superior será de una dotación máxima de 230€ semanales.
     

  • Duración:El período mínimo de duración de la estancia será de 1 semana y el máximo de 16 semanas
  • ¿Cómo realizarlo?:

    Las solicitudes del estudiante se cumplimentarán en el impreso "C"  y se presentará en la universidad en la que se encuentre matriculado en el máster.

    Finalizado el proceso de valoración de las solicitudes por la comisión académica de la universidad, el coordinador de cada programa de máster, procederá a cumplimentar el formulario que estará disponible en esta página web y una vez confirmado el envío telemático del mismo se deberá imprimir y presentar la solicitud en el Ministerio de Educación, junto con la documentación exigida en la convocatoria.
     

  • Destino: Universidades/sedes españolas o del Espacio Europeo de Educación Superior donde vaya a realizar la estancia el estudiante.
  • Evaluación y selección de los candidatos:
  • Incompatibilidades:

    Las subvenciones de movilidad concedidas por la presente convocatoria serán incompatibles con la percepción de cualquier otra subvención, subsidio o contrato financiado con fondos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, percibidas por el beneficiario cuyos periodos de estancia sean coincidentes total o parcialmente.

    Las ayudas de movilidad de esta convocatoria son únicamente compatibles con las becas de movilidad de la convocatoria de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2010-2011, para estudiantes de enseñanzas universitarias.

Convocatoria:

  • Texto convocatoria: Documento de convocatoria oficial.
  • Fecha de publicación: 19 de abril de 2010
  • Más información:

    Plazo de presentación:

    • El plazo de presentación de las solicitudes por los estudiantes será :
      • Desde: 06/09/2010
      • Hasta: 22/09/2010
    • El plazo de presentación de las solicitudes por parte de las universidades será:
      • Desde: 23/09/2010
      • Hasta: 16/10/2010

Solicitud:

Resoluciones:

Más información:

  • Necesito ayuda:

    Subdirección General de Formación y Movilidad del Profesorado
    C/ San Fernando del Jarama, 14-16
    28071 MADRID

  • También te puede interesar:
    • Información sobre Legislación relacionada con la ayuda 
    • Consultas frecuentes
    • La información que se facilita en esta página es un extracto de lo recogido en la convocatoria. Por ello, resulta fundamental que todos aquellos que deseen solicitar estas subvenciones consulten previamente la Orden reguladora de las mismas.
      Se ha de tener en cuenta que la cumplimentación de la solicitud por parte del coordinador del máster en la aplicación web no implica la presentación oficial de la solicitud. Sólo será oficial cuando el impreso de solicitud que genera la aplicación web sea recibido físicamente junto con la documentación exigida dentro del plazo en el Registro de la Dirección General de Política Universitaria, o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos los registros de las universidades no tendrán validez en cuanto al cumplimiento de los plazos de la convocatoria. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
  • Teléfono: 

    91 745 92 43

  • Dirección de correo: 

    movilidad.master@educacion.es 

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